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PREVENCIÓN BLANQUEO DE CAPITALES COMPLIANCE – SECTOR INMOBILIARIO

Sabías que el SEPBLAC, en su condición de autoridad supervisora en materia de Prevención de Blanqueo de Capitales y Financiación del Terrorismo, presentó la Memoria de Actividades del año 2020 e hizo especial mención a que un 68% de las empresas del sector inmobiliario adolecían de, falta de conocimiento del cliente, de un inadecuado análisis para acreditar el origen licito de los fondos utilizados en las operaciones y de la implantación del Canal de Denuncias Interno.

¿Estáis incumpliendo alguna de estas 03 obligaciones? desde Lesseps Legal podemos ayudaros, contrata nuestros servicios y os obsequiaremos nuestro software canal de denuncia que cumple, con la Directiva Europea 2019/1937 de Whistleblowing, y ello porque:

  1. Garantiza la exhaustividad, integridad y confidencialidad de los datos aportados.
  2. El canal impide el acceso a toda persona no autorizada.
  3. El canal prohibe expresamente las represalias del empresario.
  4. El canal explica su funcionamiento y los derechos que le asisten al denunciante y al denunciado, salvaguardando el derecho de defensa de la persona denunciada.
  5. El canal exige veracidad en el contenido de la denuncia.

En vuestra empresa ¿Conocéis las elevadas sanciones aplicables por incumplir estas obligaciones? ¿Formáis parte de ese 68%? ¿Conocen los empleados la obligación de informar de riesgos e incumplimientos? ¿Está documentado el modelo de prevención penal y el órgano que deberá operarlo? ¿Contáis con Código Ético, Mapa de Riesgos Penales y Cursos de Formación? ¿Se verifica periódicamente el modelo? ¿Acreditáis en cada operación el origen licito de los fondos? ¿Hacéis Diligencia Debida a cada nuevo cliente? ¿Evaluáis a vuestros empleados? ¿Está protocolizado el proceso de toma de decisiones? ¿Existe un sistema disciplinario?.

El Programa no debe ser visto como un gasto, sino como una inversión, pero… ¿vale la pena realizarla? La respuesta, es SÍ, es mejor tener el Programa de Compliance y no necesitarlo, que necesitarlo y no tenerlo, es cierto que la empresa tendría que destinar algunos recursos para implantar el Programa de Compliance, pero los beneficios son incomparablemente mayores; No dudéis en contactar con nosotros, con gusto les atenderemos.

Si es de vuestro interés, podéis contactarnos haciendo solicitud del Test gratuito, para que os hagáis una autoevaluación de vuestro modelo de prevención adoptado en vuestra empresa y ver si cumple con los requisitos establecidos en la legislación vigente.