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LA AMNISTÍA FISCAL DE MONTORO FRENTE A LA AMNISTÍA PENAL DE SÁNCHEZ

En el año 2012, el ex banquero americano, Bradley Birkenfeld, fue condenado en EEUU a 40 meses de prisión por haber conspirado para defraudar las arcas públicas de su país. El señor banquero mientras trabajaba en uno de los tres bancos suizos más importantes del país helvético, denunció ante el Departamento de Justicia de los Estados Unidos y ante la hacienda estatal (IRS), las prácticas fraudulentas llevadas a cabo por parte del banco en el que trabajó, rompiendo así, el secreto bancario suizo, cometiendo por tanto un delito en Suiza y otro en los Estados Unidos, por el que fue condenado.

Para sorpresa de algunos, su denuncia, provocó que el fisco americano, recuperara una cantidad superior a los 3.000 millones de dólares, convirtiéndose en uno de los “personajes del año”, imponiendo la SEC al banco en cuestión una multa superior a los 700 millones de dólares. Qué duda cabe que la denuncia de este señor provocó el fin del secreto bancario suizo y una nueva etapa en la banca internacional.

Aunque a los ciudadanos que residimos en el mundo continental nos parezca sorprendente, el banquero norteamericano fue condenado a pena de prisión y a su vez fue recompensado económicamente como  whistleblower, y ello según lo dispuesto en las  Qui Tam Provisions, contenidas en las leyes americanas: Flase Claim Act (FCA) y la Dodd Frank, que protegen e incentivan a los ciudadanos a denunciar prácticas ilegales cometidas en el seno de la empresa, obteniendo los delatores, si se dan las circunstancias, una recompensa entre el 10% y el 30% de la cantidad recaudada por parte del regulador estatal o federal. Eso fue lo que inteligentemente promulgó a través de la ley FCA el Presidente  americano Benjamin Franklin, quién recompensó a toda persona que denunciara actos fraudulentos contra el Estado la cantidad de hasta el 50% de lo recaudado por el Estado. En la actualidad la FCA sigue vigente y dando sus frutos.

Siguiendo con el Sr. Birkenfeld, este señor provocó con su denuncia, que el ex Presidente de los EEUU señor Barack Obama, se reuniera con los ex presidentes Gordon Brown, Angela Merkel y Nicolas Sarkozy para tratar un tema tan delicado como fue el secretismo de la banca suiza.  Tras un año de negociaciones, el señor Brown y la señora Merkel (el presidente francés declinó el acuerdo),  firmaron sendos acuerdos bilaterales con el gobierno de Suiza denominado –Acuerdo Rubik-, por el que Suiza, dejaría de ser un lugar en donde personas de casi todo el mundo, depositaran su dinero o parte de él en bancos suizos sin pagar los correspondientes impuestos.

Por tanto, desde el Acuerdo Rubik, todo ciudadano inglés y alemán, que tuviera dinero no declarado en bancos suizos, tenía que regularizar su situación antes del 31 de mayo del año 2013, teniendo dos posibilidades:

  1. Regularizar de manera anónima su patrimonio, por el que las autoridades suizas, le retendrán entre el 19 y el 34% de su patrimonio, siendo remitido este a las autoridades fiscales alemanas/británicas.
  2. Regularizar su patrimonio, aportando datos personales, regularizando sin sanción ni delito su situación según lo establecido en la legislación fiscal de su país de residencia, contribuyendo con sus impuestos a partir de ese momento, año tras año, según las legislaciones fiscales de su país.

En España el ex Ministro Montoro no se quiso adherir al Acuerdo Rubik, decantándose por la amnistía fiscal, entrando en vigor la Orden HAP/1182/2012 por la que se desarrolla la disposición adicional primera del Real Decreto-ley 12/2012, de 30 de marzo, introduciendo diversas medidas tributarias y administrativas dirigidas a la reducción del déficit público, así como el modelo 750, declaración tributaria especial, y se regulan las condiciones generales y procedimiento para su presentación.

Esta novedad legislativa junto con la regularización voluntaria que se venía utilizando en estos casos hasta la amnistía, supuso una doble posibilidad declarar los bienes no declarados al fisco.

 

La amnistía fiscal en España, por el hecho de ser un procedimiento extraordinario y temporal, tenía como fecha tope de presentación el día 30 de noviembre de 2012

El tipo aplicable a la amnistía fue fijo y supuso un 10% de lo declarado a fecha valor 31 de diciembre de 2010 (o en su caso a precio de adquisición de los activos).

La amnistía fiscal tenía la limitación de si la AEAT hubiera iniciado un procedimiento de comprobación e investigación  respecto del titular jurídico de bienes o derechos, previa a la presentación de la Declaración especial (Amnistía), ésta no sería válida. En el supuesto de una imputación por delito fiscal, se podía regularizar, si bien, el principio de la excusa absolutoria no era aplicable, siendo la posible pena atenuada, aplicándose la correspondiente sentencia penal.

Tras el nacimiento de la amnistía fiscal, recuerdo leer un artículo del ilustre y admirado profesor de Derecho penal Enrique Gimbernat en el periódico “El Mundo”, acerca de la intención del gobierno en disfrazar de excusa absolutoria la amnistía fiscal planteada, manifestando a modo de conclusión que si los indultos generales están prohibidos por la Constitución, mucho más tienen que estarlo “las amnistías generales”.

Más de 31.000 personas acudieron a la amnistía fiscal en un momento de crisis económica devastadora, recaudando el estado una cantidad importante de millones de euros y obligando a toda persona que tuviera bienes en el extranjero a presentar anualmente ante la AEAT el odiado modelo 720.

El gobierno socialista recurrió ante el Tribunal Constitucional la amnistía de Montoro, pronunciándose el Alto Tribunal en el año 2017, en el sentido siguiente:

El pleno del Tribunal Constitucional ha anulado, por unanimidad, la amnistía fiscal aprobada por el Gobierno del PP en 2012. La sentencia considera que el decreto ley por el que se aprobó el indulto fiscal es inconstitucional ya que no era el vehículo adecuado para aprobar esta medida, que legitimó el fraude. El tribunal avala, sin embargo, las declaraciones que hicieron los más de 31.000 contribuyentes para regularizar el dinero evadido.

La decisión del Tribunal Constitucional, “Viene así a legitimar como una opción válida la conducta de quienes, de forma insolidaria, incumplieron su deber de tributar de acuerdo con su capacidad económica, colocándolos finalmente en una situación más favorable que la de aquellos que cumplieron voluntariamente y en plazo su obligación de contribuir”.

En relación a la amnistía penal de Sanchez, la gran mayoría de los pesos pesados de su gobierno, públicamente manifestaron antes de las elecciones generales de julio 2023 que la amnistía no cabía en nuestro ordenamiento jurídico.  Un mes después de la celebración de las elecciones el gobierno socialista junto con sus socios de extrema izquierda, independentistas y seguidores de la banda terrorista ETA, engañan con predeterminación y nocturnidad a los españoles, manifestando la necesidad de establecer la concordia entre los ciudadanos y que la amnistía sí que es posible en nuestro ordenamiento jurídico, rompiendo España en muchos pedacitos (al estilo de un catillo de naipes), haciendo saltar por los aires nada más y nada menos que el Estado de Derecho, cargándose la separación de poderes, la independencia del poder judicial, que es lo más importante para que un Estado digno funcione de manera distinta a los regímenes bolivarianos y para terminar, se ríe de todos los ciudadanos, clasificándolos entre los que pueden delinquir, porque si lo hacen, “sus pecados quedan perdonados” y los que no pueden delinquir, porque si lo hacen serán condenados “a las penas del infierno”, sin olvidarnos de las reformas del código penal “a la carta catalana” y los indultos generalizados que no parciales regalados a unos personajes que quisieron romper España y que según han manifestado, en cuanto puedan volverán a la carga y el gobierno se lo va a permitir.

Tengo la esperanza que el Alto Tribunal de la misma manera que acordó la inconstitucionalidad de la amnistía de Montoro,  por repito, incumplir de forma insolidaria el deber de los ciudadanos de tributar de acuerdo con su capacidad económica, colocándolos finalmente en una situación más favorable que la de aquellos que cumplieron voluntariamente y en plazo su obligación de contribuir, se cargue la amnistía de Sánchez por de forma inmoral e ilegal favorecer a unos pocos ciudadanos que cometieron los delitos más graves que una persona puede cometer, en detrimento del resto que diariamente, a veces no sin esfuerzo, cumplen las leyes aprobadas por el congreso y el senado y firmadas por Su Majestad El Rey, bajo pena de ser condenados a penas de cárcel y a fuertes responsabilidades civiles.

Esta España injusta y dividida yo para mis hijos no la quiero, esta España bolivariana para mis hijos no la quiero, esta España en donde “todo vale” con tal de estar en la Moncloa, yo no la quiero, y esta España en donde descaradamente se engaña a los ciudadanos y no pasa nada tampoco la quiero.

Por Christian Mesía, CEO Lesseps Legal

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