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DOCUMENTACIÓN QUE LOS CLIENTES DEBEN APORTAR AL PAYMASTER PARA CUMPLIR CON LA NORMA DE PREVENCIÓN CONTRA EL BLANQUEO DE CAPITALES

Desde el año 2010, una vez modificada la ley contra el blanqueo de capitales en España, mis representados asesorados por un director de cumplimiento normativo externo “Compliance Officer”, llevan a cabo la política de conocer a su cliente, realizando las siguientes actuaciones:

 

.- SOLICITUD DE CARTA DE REFERENCIA DE LAS PARTES: Constituye el documento más relevante por cuanto ha de contener, como mínimo: i) los datos del beneficiario último de los fondos; ii) la licitud del origen de los fondos; iii) el propósito de la estructura; iv) el previsible destino de los fondos; v) la sostenibilidad y legalidad de la estructura desde el punto de vista legal y fiscal del país de residencia del último beneficiario. Dicha carta ha de ir suscrita por un asesor o abogado acreditado en materia fiscal y ha de incluir la siguiente documentación:

  1. Copia compulsada del pasaporte, apostillada caso de ser no residente de la Unión Europea.
  2. Una factura de suministros, un extracto de la tarjeta de crédito o cualquier otro documento que acredite el lugar de residencia.
  3. Curriculum Vitae.
  4. Carta de referencia bancaria.
  5. Declaración jurada del cliente con especificación de su identidad, de la licitud del origen y destino de los fondos, con el compromiso de cumplir con la normativa fiscal en su país de residencia y con el reconocimiento de haber sido asesorado en dicha materia por quien suscribe la carta de referencia.
  6. Esquema de las sociedades.
  7. Información mercantil (Estatutos, Nota Simple del Registro Mercantil, organigrama) de las sociedades.
  8. Contrato de fideicomiso, en su caso.
  9. Última declaración de IRPF, al objeto de verificar que el cliente cumple con sus obligaciones fiscales.

.- VERIFICACIÓN DEL NIVEL DE CORRUPCIÓN DE LOS PAÍSES INVOLUCRADOS, ASÍ COMO DE SU INCLUSIÓN (O NO) EN LA LISTA FATF (http://www.fatf-gafi.org/countries/).

.- ESTUDIO DE LA ESTRUCTURA DE LA OPERACIÓN (SOSTENIBILIDAD Y LEGALIDAD).

.- AFIDÁVIT O FORMULARIO ESTÁNDAR A CUMPLIMENTAR POR CLIENTE, con manifestación expresa de haber sido asesorado previamente en materia fiscal.

.- CONTROL DE LA OPERACIÓN POR UN COMPLIANCE OFFICER que, caso de advertir irregularidades, ha de reportar a las autoridades.

.- VERIFICACIÓN DE QUE LA TRANSACCIÓN no supone infracción del Código de Conducta de LESSEPS.

.- APLICACIÓN DEL SISTEMA DE ANÁLISIS “SIRA”.

Análisis de riesgos. Pautas para verificar la inexistencia de riesgos relacionados con el blanqueo de capitales.

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